miércoles, 27 de febrero de 2013

1624 Carnavales

NUMERO 152 CARNAVAL

Los Alcalde y Regidores de la Villa de Sanguessa a todos los vezinos y moradores estantes y habitantes en la dicha Villa hacemos saber que nos a sido echa relacion que en esta Villa muchas personas esta noche de Carnestolendas con ocasión de las ogueras y fuegos que se hacen y despues de acabadas aquellas andan por las Plazas y Calles y otras partes publicas de esta Villa diciendo y cantando palabras y cantares deshonestas y echando bullas y diciendo palabras muy ofensivas y de gran perjuicio y dessonra en muchas personas de lo qual nuestro señor es muy deserbido y la Republica se ofende y escandaliza de que resulta muy mal exemplo y queriendo preber del debido remedio mandamos que ninguna persona de qualquier estado calidad o condicion que sea ossada de cantar de dia ni de noche en esta Villa de Sanguessa por sus calles plaças cantones ni por otra parte cualquiera parte della palabras sucias ni deshonestas que llaman Bullas ni otros cantares ni boceen ni hagan otro ningun mal de deshonestidad ni hagan ni digan cosa mal parecida de que dios se ofenda ni la republica se escandalice so pena de veynte libras y veynte dias de carcel la qual dicha pena desde ahora aplicamos la mitad pa el denunciador y la otra mitad pa los pobres del ospital general de la Villa todo lo qual se executara con notable rigor sin ecepcion de persona alguna pero bien permitir puedan hacer cada uno en la endrecera de su cassa las ogueras que les pareciere y en ellas olgase con moderado entretenimiento sin ofenssa de persona alguna y para que esto venga a noticia de todos y nayde pretenda ygnorancia lo mandamos publicar publicamente en todas las calles y cantones ussados y acostumbrados de la Villa a son de trompetas y voz de pregon .dado en esta Villa de Sanguessa a veynte dias del mes de febrero del año millseiscientos y veynte y quatro .

Por mandado de sus Mercedes

Juan de Soria . escribano

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