lunes, 29 de junio de 2015

Capitanes 1430

Este escrito se emite en sustitución de otro suprimido el 11/08/2010 por duplicidad errónea.

Como se ve en el escrito, Beltran de Echecon defendia Lerin, Arnaut de Santa Maria guardaba Peralta, Pierres de Peralta junto los del obispo, defendia la villa, Beltran de Lacarra defendia Cárcar, Pero Sanz de Oroz, la misma villa, Johan Garcia de Goyni guardaba los puertos de Andia y Cinco Villas de los ypuzcoanos. Mosen Johan Velaz de Medrano, Viana con 10 hombres de armas y 20 ballesteros. Martin de Guerguet defensor de Torralba, Johan de Andueza con 60 hombres defendió a Lerin, Bernat de Ezpeleta defensor de Laguardia , Arnaut Lup guardaba Tudela , Martin Ferrandiz de Sarasa guardaba Tafalla y otros.
¡MUY IMPORTANTE! He colocado en la Web http://www.historiadesanguesa.es/ la casi totalidad de mis trabajos realizados durante 26 años.. Se compone de 48 carpetas con muchas bases de datos, miles de documentos originales escaneados, Estadísticas y sobre todo los archivos de Nacidos y Bodas desde 1900 hasta 1574 y los Difuntos desde esta fecha hasta el año 2000. De esta forma todos los oriundos de Sanguesa, Rocaforte y Peña pueden construir su árbol genealógico y los que procedan de otros pueblos recurrir a los Mormones que también figuran. Se acompaña plantilla para realizarlo. Es de resaltar las carpetas de Bascones, Topónimos, crónica del Califa Abderrahman III en árabe y castellano y sobre todo la gran inundación de 1787.Si en algún caso veis duplicado algún archivo, tiene que ser anterior a 11 de junio de 2009, pues a mis 86 años ignoraba colocar imágenes en el blog y alguno he repetido para colocar el documento original con box.net que cada dia se lo bajan cuatro o cinco seguidores. Espero que disfrutéis ojeándolo, lo mismo que yo he hecho informatizándolo. Pedro Belascoain Cemborain.


viernes, 26 de junio de 2015

Luto por la Reina 1758

En la Ciudad de Pamplona, en el Palacio, reunidos el Virrey y todo su Consejo, se da lectura a una carta recibida del Palacio Real de Madrid en la que el Rey D. Fernando da cuenta de la muerte de su esposa la Señora Reyna Doña María Bárbara de Portugal. Por ello se ordena que todas las personas vistan de luto u honestamente que de lo contrario serán castigados al arbitrio del Real Consejo y para que llegue a noticia de todos, se manda publicar por este Bando dado en Pamplona a 25 de Septiembre de 1758´. Bando por la muerte de nuestra Sra. la Reina. No dice cuantos días hay que guardar el luto.

¡MUY IMPORTANTE! He colocado en la Web http://www.historiadesanguesa.es/ la casi totalidad de mis trabajos realizados durante 20 años.. Se compone de 48 carpetas con muchas bases de datos, miles de documentos originales escaneados, Estadísticas y sobre todo los archivos de Nacidos y Bodas desde 1900 hasta 1574 y los Difuntos desde esta fecha hasta el año 2000. De esta forma todos los oriundos de Sanguesa, Rocaforte y Peña pueden construir su árbol genealógico y los que procedan de otros pueblos recurrir a los Mormones que también figuran. Se acompaña plantilla para realizarlo. Es de resaltar las carpetas de Bascones, Topónimos, crónica del Califa Abderrahman III en árabe y castellano y sobre todo la gran inundación de 1787. Espero que disfrutéis ojeándolo, lo mismo que yo he hecho informatizándolo. Pedro Belascoain Cemborain.

miércoles, 24 de junio de 2015

1771 Sangüesa.Parto

La Muy Noble y Leal Ciudad de Sangüesa, cabeza de su Merindad, y sus Regidores, en su nombre
Hace saber a todos sus vecinos, habitantes y moradores que, mañana domingo a las ocho se celebrará Misa y Tedeum con Procesión Claustral delante del Glorioso Patrón San Sebastián, en hacimiento de gracias de la plasive(sic) noticia que se le ha participado a la Ciudad, de haberse dignado la Divina Misericordia conceder a la Princesa Nuestra Señora un feliz parto, dando a luz un infante a quien se le han puesto los nombres de Carlos Clemente, implorando a un tiempo su divina Clemencia, por la feliz conservación del Infante recién nacido, por el pronto restablecimiento de la Princesa nuestra Señora, por las felicidades de toda la Real Familia y porque su Divina Majestad colme de robusta salud y beneficios al Rey nuestro Señor para consuelo de su Monarquía y para remunerarle las piedades que ejercita, y el amor y desvelo con que atiende a sus dichosos Vasallos, con luminarias por las noches y los dos siguientes ; Por tanto ordena y manda concurran todos a dicho acto y pongan luminarias las referidas tres noches. Y para que venga a noticia de todos y nadie pretenda ignorancia se manda publicar por las calles y puestos acostumbrados de esta Ciudad. Fecho en Sangüesa a 26 de octubre de 1771.

Nota: Este Infante nació en El Escorial el 19 de septiembre de 1771 y murió en El Pardo el 7 de marzo de 1774. Está enterrado en El Escorial.

lunes, 22 de junio de 2015

Comentario Diezmos

Presentamos aquí con todo detalle las normas que se seguían en Sangüesa para repartir el Diezmo. Los Diezmos Eclesiásticos era un tributo súper antiquísimo que servía para el sostenimiento de la Iglesia También exponemos las distintas medidas de capacidad que se usaban para medir tanto el vino como los cereales. Como este Comentario es muy minucioso no damos aquí más detalles.

Para ver este escrito, haced clic en el link que insertamos a continuación, en Box, clic en download y se abrirá el archivo que estará a vuestra disposición.

Os invito a que veáis en Internet mi página Web http://www.historiadesanguesa.com/ donde en forma resumida expongo mis trabajos de 25 años. Por ejemplo cada registro de Nacidos, Bodas y Difuntos desde 1574 al año 2000, contiene 24 datos, (millón y medio sólo este archivo) padres, abuelos, lugares de nacimiento y otros y ahí solo figuran seis por razones de espacio. Espero con el tiempo darlos en su totalidad.



http://www.box.net/shared/a0g1sb3g8e











viernes, 19 de junio de 2015

1612Pesas y Medidas

NUMERO 15 PESAS Y MEDIDAS
Literatura original

Los Alcaldes y Regidores de la Villa de Sanguessa y el almudalaffe della a todos los vecinos y havitantes de la dicha Villa y a qualesquiera otras personas que a ella llegaren se les ace saber que para el buen gobierno de la dicha Villa y Republica della conbiene que hordenen que las cosas de comer como de otra calidad que se bendieren se bendan en sus devidos y onestos precios y que cada uno que dellas comprare lleve su derecho arrespecto de su balor y que las tales mercaderias y cosas sean buenas y los pesos y medidas y mesuras con que aquellas se midieren y pesaren sean buenas ,aliadas y afinadas por el almudalaffe de la dicha Villa a cuyo cargo es dado arreconocer y rreferrir aquellas y tener cuenta con toda la pulicia de la dicha Villa y para que los dichos vezinos havitantes y otras personas que a ella llegaron tengan noticia de lo que son obligados acerca de lo susodicho se mandan pregonar los capitulos siguentes.

Primeramente que todos los vezinos y havitantes de la dicha Villa dentro de diez horas de la publicacion del presente mandamiento ayan de llevar a casa de juan de mencos almudalaffe de la dicha Villa sus balanças pesas y mesuras que tubieren para afinar y aliar aquellas y marcarlas con la marca de la dicha Villa que las que esten bien aliadas no paguen por referirlas marcando de nuevo o no esten afinadas paquen por un robo una tarja, quartal media tarja, almud quatro cornados, bara de midir doçe cornados,por un quintal un rreal,por libra quatro cornados,por media libra dos cornados ,de ay arrriba adelante al respeto y el cantaro ocho cornados y mesura de ay abajo por cada uno pasados los diez dias si allare el dichoalmudalafe o su teniente pesa o medida sin referir o marcar tenga de pena cada uno por cada bez y en todos lo siguiente

Es a saber el que tuviere falssa balança la quiebre y le ponga tres libras de pena ,bara falsa la quiebre y lleve seis florines de pena, por falsa pesa por onça tres grosses, por dos seis grosses ,por media libra doçe grosses, por una libra veinte grosses, por media docena treinta grosses y por docena quarenta grosses y por medio quintal diez libras,y por quintal veynte libras y las mesuras que se allaren falsas y no alyadas ni afinadas y por falta y por ser pequeñas y menores de su debido drecho las quiebre y de pagas lleve por almud tres grosses ,por medio quartal seis grosses, por quartal doce grosses, por medio rrovo veynte grosses, por rovo quarenta grosses y por pinta seis grosses por media quarten doce grosses y por quarten veynte grosses y por medio cantaro y cantaro quatro libras y esto se entiende en quanto a los que tienen oficio debender y medir y los demas si se allaren estar faltas que el regimiento y con otra la pena que debe haver

Item.Que el almudalaffe o su teniente sea obligado a dar pesas o medidas a todos los que vinieren a las cassas de la Villa sin que por ello paguen cosa alguna.

Item.Que ninguno sea osado de tender paños en las ventanas, domingos,ni fiestas,ni dias de botos y esten limpias las endreceras de sus cassas so pena de seis groses por cada vez.

Item.Que ninguno sea osado de echar agua ni inmundicias por las ventanas y puertas de la calle empena de seis grosses por cada vez.

Item.Que ningun pescado de mar no se pueda vender asta que el almudalaffe bisite si es bueno y fresco para poderse bender y le den precio y se benda y sino el que lo bendiere tenga de pena perdido el pescado y dos florines interbiniendo en esto siempre un Regidor.

Item.Se manda que cada uno tenga sus puercos encerrados cada uno en sus casas y si los allaren en las calles tengan de pena medio real,la mitad para el acusador y la otra mitad para la Villa y si los allaren destro de sus casas,hiciendo daño que los puedan matar cada uno en su cassa y assi bien se manda que ninguno sea usado de cortar rancar ni guebrar en el soto de Santolaria y soto de los ballesteros ni otros sotos ni orillas del rio en defensa de heredades ni en otras partes que hagan daño ningunos arboles ni rramas ni otras defensas ninguna so pena de cada vez dos ducados aplicaderos a voluntad de su magestad. Y de cada quatro dias de carcel.

Y asimesmo se manda que ninguno sea osado de echar estiercoles ni tierra a la salida de la Villa ni en camino ni en sendas sota dicha pena y que cada uno passados quatro dias se puedan llevar los dichos estiercoles a sus propias heredades cada un vezino que quisiere sin yncurrir en pena ninguna.
Por lo mesmo se manda que ninguno aya de abrir botigas ningunas antes de la missa mayor dias de ningunas fiestas sopena de quatro reales el que lo contrario hiciere y asi mismo que desde aora en adelante ninguno sea osado de bender libra de anguilas de a diez y ocho onças por libra mas de a rreal castellano y la libra de barbos y de madrillas de a las diez y ocho onças a tres tarjas por cada libra y cada guebo seis cornados y no mas sopena de ocho rreales aplicaderos cada vez que a ello contrabiniere a voluntad de los dichos señores Alcalde y Regidores y de dar por perdido todo ello y de cada vez tres dias de carcel y la libra de bizcochos a tres reales y medio y no mas sota misma pena y para que lo suso dicho benga a noticia de todos y nadie pretenda ynoracia se manda publicar por las calles y cantones usados y acostumbrados desta dicha Villa dada en ella a dos de setembre de seyscientos y doze.

Por mandado de sus Mercedes

Juan de Soria. escribano

miércoles, 17 de junio de 2015

Arboles 1756






La Ciudad de Sangüesa, hace saber : todos los vecinos, habitantes y moradores que siendo preciso plantar arboleda en el llano y Paseo de Cantolagua para fortificación del terreno que le combaten las avenidas del Río Aragón, ordena y manda que cada vecino, a excepción de los pobres, planten árbol en dicho llano y en el paraje y sitio que esta señalado, que sea olmo blanco o negro bastante grueso y no delgado, con sus raíces y como cuatro varas de largo, haciéndose dicha plantación con asistencia de las personas nombradas y a satisfacción suya, para el día treinta y uno del corriente que se da de termino , y pasado este , se dará providencia para que se plante a costas de los que no cumplieren y deseando que llegue a noticia de todos se manda publicar.= Fecho en Sangüesa a 21 de diciembre de 1756.

Con acuerdo de la Ciudad de Sangüesa.

Maule Antonio de Zavalegui. Escribano.
Se plantaron estos olmos en un tiempo record formando una hermosa arboleda con varios cientos de olmos, blancos y verdes, donde en tiempos de verano los vecinos iban a pasear a la sombra junto al rio. Se hicieron unos arboles muy corpulentos porque estaban en muy buena tierra y tenian todo el agua que querían. En medio de la arboleda se construyó un palco de tierra donde tocaba la música la banda municipal los dias de fiesta y asi han estado durante mas de doscientos años, hasta que una epidemia que dijeron venia desde Asia, acabó con todos los olmos de Europa . No se salvó ni uno. Dijeron que era un microbio que atacaba a la raiz y en poco tiempo se les secaban todas las ramas. Cuando yo los conocí la mayor parte se necesitaban dos hombres para rodear el tronco. Murieron en la década de 1960. Las cuatro varas de altura que exige es algo mas de 3 metros de altura.

lunes, 15 de junio de 2015

Moralidad en ducados

Dn.Joaquin Ybarra resultó ser un Alcalde moralista, en este caso se preocupa de loa insultos entre los soldados de guarnición en Sangüesa y los paisanos, amenazando castigarlos con el mayor rigor. También ordena que las tabernas cierren todas a la misma hora bajo la pena de dos ducados y que después de oscurecido ninguna persona ande por las calles sin farol encendido, luz artificial (¿ Velas ¿) o un tizón de fuego, que nadie se pare en las esquinas ni calles y menos en reuniones . Yo pregunto ¿Qué tizones había entonces que permitían andar por una calle a oscuras? ¿Serían de pino del bueno? Ampliar el archivo.

Para ver este escrito, haced clic en el link que insertamos a continuación, en Box, clic en download y se abrirá el archivo que estará a vuestra disposición.

Os invito a que veáis en Internet mi página Web www.historiadesanguesa.es donde en forma resumida expongo mis trabajos de 25 años. Por ejemplo cada registro de Nacidos, Bodas y Difuntos desde 1574 al año 2000, contiene 24 datos, (millón y medio sólo este archivo) padres, abuelos, lugares de nacimiento y otros y ahí solo figuran seis por razones de espacio. Espero con el tiempo darlos en su totalidad.

viernes, 12 de junio de 2015

Enseñanza 1612

ENSEÑANZA
Los Alcalde y Regidores de la Villa de sanguessa a todos los vecinos y moradores estantes y havitantes en la dicha Villa.Hacemos saber que para bien universal que se sigue a toda la Republica se conducio maestro del escribir y contar de muy grande satisfacion,muy grande abelidad y cuydadoso y con ser esto ansi muchos muchachos van a enseñarse en yglesias y otras partes con grande daño y disminucion de la esquela por cuya causa el maestro se a querido despidir,con que se siguiria notable daño a la Republica y porque el bien general a de preferir al particular.Para remediar esto mandamos que todos en general ayan de ynviar y enbien todos los muchachos que tubieren a la esquela para que alli sean enseñados con apercibimiento que se les haze que haunque no fueren se les hara pagar como si real y verdaderamente los ynviassen y cada mes se les hara pagar lo que pagan los demas que van a dicha esquela que desde aora para quando el casso sucediese se dan por condenados y ademas de dello los que constare ynviar muchachos a ser enseñados con clerigos sacristanes y por en otras qualesquiere partes de la Republica seran executados en las penas que paresciere como contra personas que yncurren en los mandatos de su Republida y para que lo sobredicho venga a noticia de todos y nadie pretenda ynorancia.Mandamos publicarlo por las calles y cantones acostumbrados desta Republica a son de trompeta y voz de pregon .Datta en Sanguessa a veynte y uno de setiembre del año de mil y seyscientos y doze.

Por mandado de sus Mercedes
Juan de Soria.escribano

miércoles, 10 de junio de 2015

Ballestas 1362

BALLESTAS 1362.agosto 5.Sangüesa

Miguel Sánchis, señor de Ursúa, maestro de los ballesteros, ordena a Guillén Auvre, tesorero del reino, que pague a Ferrando de Ayanz, alcaide del castillo de Pintano , 20 sueldos, por hacer llevar una carga de saetas, desde Ruesta a dicho castillo, un arcón de saetas y ciertas ballestas, de Sanguesa al mismo castillo, otra carga de ballestas de Pamplona a Sanguesa, y por pagar a un hombre que llevó una carta del Infante Luis a García recibidor de las Montañas desde Sanguesa a Pamplona; más 12 sueldos y 6 dineros, por llaves y cerrojos, para el mencionado castillo y por aparejar de cuerdas dichas ballestas.

Data en Sanguesa Vº dia d`Agosto, anno Domini Mº CCCºLXºsecundo.
Orig. En pap.Al dorso: sello de placa de M.Sänchiz, cubierto por pap.
Caj.15, nº 98, XLVIII. COMPTOS.















Guillén

lunes, 8 de junio de 2015

Carnaval 1624

CARNAVAL 1624




Los Alcalde y Regidores de la Villa de Sanguessa a todos los vezinos y
 moradores estantes y habitantes en la dicha Villa hacemos saber que
nos sido echa relacion que en esta Villa muchas personas esta noche
 de Carnestolendas con ocasión de la ogueras y fuegos que se hacen
y despues de acabadas aquellas andan por las Plazas y Calles y
otras partes publicas de esta Villa diciendo y cantando palabras y
 cantares deshonestas y echando bullas y diciendo palabras muy
 ofensivas y de gran perjuicio y dessonra en muchas personas
de lo qual nuestro señor es muy deserbido y la Republica se
ofende y escandaliza de que resulta muy mal exemplo
y queriendo preber del debido remedio mandamos que ninguna
 persona de qualquier estado calidad o condicion que sea ossada
 de cantar de dia ni de noche en esta Villa de Sanguessa por
sus calles plaças cantones ni por otra parte cualquiera parte della
 palabras sucias ni deshonestas que llaman Bullas ni otros
 cantares ni boceen ni hagan otro ningun mal de deshonestidad
ni hagan ni digan cosa mal parecida de que dios se ofenda ni la
 republica se escandalice so pena de veynte libras y veynte dias
 de carcel la qual dicha pena desde ahora aplicamos la mitad pa
 el denunciador y la otra mitad pa los pobres del ospital general
 de la Villa todo lo qual se executara con notable rigor sin
ecepcion de persona alguna pero bien permitir puedan hacer cada
 uno en la endrecera de su cassa las ogueras que les pareciere
 y en ellas olgase con moderado entretenimiento sin ofenssa de
 persona alguna y para que esto venga a noticia de todos y nayde
 pretenda ygnorancia lo mandamos publicar publicamente en
todas las calles y cantones ussados y acostumbrados de la
Villa a son de trompetas y voz de pregon .dado en esta Villa de
 Sanguessa a veynte dias del mes de febrero del año millseiscientos
y veynte y quatro .

Por mandado de sus Mercedes

Juan de Soria . escribano

viernes, 5 de junio de 2015

Pueblos Merindad 1786

Este trabajo sobre los PUEBLOS DE LA MERINDAD, lo presentamos el día 11 de Septiembre, en el cual se celebra dentro de las fiestas patronales el día de la Merindad. Se trata del Censo de Floridablanca de 1786 en el cual se relacionan los 294 pueblos, villas , cendeas y despoblados de los cuales según me manifestaron en las oficinas municipales, solamente quedan 84 ayuntamientos. Si los pueblos han desaparecido, los apellidos correspondientes a estos pueblos siguen vigentes en todos los registros de nacidos, casados y difuntos. Tenemos otro trabajo donde figuran estos mismo pueblos con su extensión y población en aquella fecha que lo expondremos mas adelante.

Para ver este escrito, haced clic en el link que insertamos a continuación, en Box, clic en download y se abrirá el archivo que estará a vuestra disposición.

Os invito a que veáis en Internet mi página Web http://www.historiadesanguesa.com/ donde en forma resumida expongo mis trabajos de 25 años. Por ejemplo cada registro de Nacidos, Bodas y Difuntos desde 1574 al año 2000, contiene 24 datos, (millón y medio sólo este archivo) padres, abuelos, lugares de nacimiento y otros y ahí solo figuran seis por razones de espacio. Espero con el tiempo darlos en su totalidad.




miércoles, 3 de junio de 2015

Almogávares 1363

Los Almogávares eran combatientes mercenarios originarios del Pirineo aragonés y catalán. Eran tropas ligeras muy temibles y sanguinarias que se ponían al servicio del Rey que mejor les pagase. En este caso al servicio del Rey de Navarra.

Carlos II ordena a Elias de Eza, recibidor de la merindad de Sangüesa, que pague a Juan Martiniz de Dueñas y a Pedro Sánchiz de Alcaraz, almogávares, para ellos y cincuenta compañeros, que están en la comarca de Sangüesa, 12 libras de carlines prietos , que les ha concedido de gracia especial.

Data en Sanguessa XIIIº dia de abril, l.ayno de gracia mil trezientos sissanta e tres.

Orig. En paper.—Al dorso : sello de placa del Rey, cubierto por pap. 305 x 103 mm.

Caj 17. nº 11,VI.

lunes, 1 de junio de 2015

Donacion términos a Sangüesa 1117

Fundacion de Sangüesa.

Estamos en los prolegómenos de la población de la nueva Villa de Sangüesa. Se están construyendo las calles al estilo de las Bastidas francesas y nuevos habitantes francos vienen a poblarla. Con el fin de poder sostener a esta población, al antiguo término asignado en lo que pudiera andar un hombre en ir y volver en un día, en este escrito vemos que se le añaden más terrenos que pertenecían a Ull, a Peña y a Aibar. También se construyen las murallas, la iglesia de Sta. María y el Palacio Real. Vemos que en el escrito se distingue en su creación el año 1117, de la Era 1150.que tenían por costumbre hacer constar en los escritos que emitían, distinguiendo el año del nacimiento de Jesucristo del año de su muerte, como se ve la diferencia son 33 años. También se le reconocen los Fueros que le había concedido anteriormente Sancho Ramirez.
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