miércoles, 2 de enero de 2013

Ciudadanos 1820

Este Bando es aplicable a nuestros actuales politicos que tanto hablan de Constitucion pero que siempre  que les interesa se la saltan a la torera. Que vean con que cariño y entereza hablan a los  jovenes y ya no nombra como antes a los  Regidores del Ayuntamiento sino de Individuos y a los vecinos estantes y habitantes los llama Ciudadanos y todo esto hace casi doscientos años. Con que cariño acogieron a la Constutucion Española ( creo La Pepa), cansados como estaban con el Antiguo Regimen.
 

Los Individuos del Ayuntamiento de la Ciudad de Sangüesa

                          Ciudadanos 

Las sabias disposiciones de nuestro Gobierno conspiran directamente a la completa felicidad de los Españoles , nosotros colocados por el Pueblo ,todo, en nuestros destinos debemos coaiudar a tan benignos deseos y con ese objeto se os ha exhortado a la tranquilidad ,a la unión y a la amistad y a pesar de eso, estamos viendo con mucho dolor que olvidados de unas instrucciones tan llenas de amor, especialmente los jóvenes, han intentado perturbar la paz y tranquilidad con los pueblos vecinos cosa a la verdad la mas reparable y digna de remedio. Los Individuos del Ayuntamiento conducidos del celo y obligación que les impone la Constitución para la conservación del orden social , os amonesta de nuevo a que guardéis la debida armonía con todo español y con mas principalmente con los Pueblos inmediatos a quienes debéis tratar como hermanos por la frecuente e intima comunicación que tenéis con ellos ,en la inteligencia que si alguno ,olvidado de esos principios ,intentase directamente perturbar la paz y unión debida , será castigado por el Sr. Juez de Primera Instancia a cuyo cargo está la administración de Justicia, con aquellas penas a que por su delito se haga acreedor. Sangüesa 23 de agosto de 1820.

 

                                Por mandato de S.S


                    José María de Campos ,   escribano .  

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