Los Individuos del Ayuntamiento
de la Ciudad de Sangüesa
Ciudadanos
Las sabias
disposiciones de nuestro Gobierno conspiran directamente a la completa
felicidad de los Españoles , nosotros colocados por el Pueblo ,todo, en nuestros
destinos debemos coaiudar a tan benignos deseos y con ese objeto se os ha exhortado
a la tranquilidad ,a la unión y a la amistad y a pesar de eso, estamos viendo
con mucho dolor que olvidados de unas instrucciones tan llenas de amor,
especialmente los jóvenes, han intentado perturbar la paz y tranquilidad con
los pueblos vecinos cosa a la verdad la mas reparable y digna de remedio. Los Individuos
del Ayuntamiento conducidos del celo y obligación que les impone la Constitución
para la conservación del orden social , os amonesta de nuevo a que guardéis la
debida armonía con todo español y con mas principalmente con los Pueblos
inmediatos a quienes debéis tratar como hermanos por la frecuente e intima comunicación
que tenéis con ellos ,en la inteligencia que si alguno ,olvidado de esos
principios ,intentase directamente perturbar la paz y unión debida , será
castigado por el Sr. Juez de Primera Instancia a cuyo cargo está la administración
de Justicia, con aquellas penas a que por su delito se haga acreedor. Sangüesa
23 de agosto de 1820.
Por
mandato de S.S
José María de Campos , escribano .
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